jueves, 13 de octubre de 2016

Enérgica reacción del Consejo Profesional de Televisión de Argentores


Ante lo ocurrido en “Educando a Nina”.

Una actriz televisiva, eludiendo el texto escrito por una autora y con el objetivo de buscar una frase graciosa, yerra y comete un grosero hecho que atenta con la dignidad femenina. El tema, como sabemos, tomó estado público, involucrando productores, intérpretes y opinólogos varios. Argentores, a través de su Consejo Profesional de Televisión, fijó su posición, lo mismo que su titular, a modo personal. Aquí compartimos ambos textos: 

“Hugo Moser, autor entre otros éxitos de La Familia Falcon, Matrimonios y Algo más, Mi Chanta favorito, Historia de un trepador, etc, tenía siempre a flor de labios una frase que define claramente qué rumbo tomar ante la situación que se vive hoy en día, donde un chiste inoportuno, grosero y que atenta contra la dignidad de todas las mujeres fue emitido por un canal nacional como resultado de una “ocurrencia genial” de directores y actores, ya que ese texto no estaba incluido en el guión original escrito por los autores.

Decía Hugo que no permitía a los actores de sus programas que alteraran el texto (cambiaran la letra, en la jerga) porque quería ir preso por lo que él escribía y no por lo que otros agregaban de su propia cosecha. Tenía toda la razón y la sigue teniendo.

¿Por qué motivo, en este caso, una autora tiene que cargar sobre sus espaldas con un texto que no escribió pero del que es legal y socialmente responsable? O ahora resulta que quien defiende la integridad de su trabajo, su línea de pensamiento personal y su dignidad como mujer, deslindando responsabilidades y declarando qué opina sobre lo ocurrido y lo dicho, está exagerando o se ensaña cuando denuncia a los verdaderos responsables.

Claudia Bono, cuyo único capital en este medio es su nombre, quiere dejarlo a salvo de bajezas y groserías. ¿Está mal? ¿Debe callarse tal vez para respetar, corporativamente, una ley de silencio más parecida a la mafia que a la decencia? ¿Tiene que bajar la cabeza y no denunciar que constantemente se alteran los textos escritos con cualquier excusa, minimizando el trabajo de los autores?

De ninguna manera.

Es verdad que una obra televisiva es una suma de talentos en la que cada uno de los eslabones de la cadena productiva aporta su creatividad, pero una cosa es aportar sumando y otra muy diferente es suponer que el trabajo del autor puede ser modificado sin problemas ni aviso, en aras de una supuesta interpretación y con resultados como el que es motivo de todo este escándalo.

La ley 11723 consagra la paternidad e identidad de la obra considerada en su totalidad y sanciona su alteración. Por algo es. ¿O también de eso tenemos que olvidarnos?

Claudia, como el resto del equipo autoral, es responsable ante cualquier infracción a la ley que se deslice en el programa de su autoría. Ella, al ser solidariamente responsable con la emisora ante los tribunales, tiene el derecho y la obligación de aclarar - aunque a algunos que esgrimen “códigos” peligrosamente parecidos a los de las barras bravas no les guste o les parezca “exagerado”– que no es autora de ese texto incluido en su obra y que reniega absolutamente de él.

Ojalá este derecho ejercido libre y democráticamente no implique para ella una amenaza futura a su carrera, porque en ese caso estaríamos ante un hecho mucho más grave y desgraciado aún. Algo verdaderamente siniestro e inaceptable.

Argentores, como sociedad de gestión de derechos de la obra Educando a Nina, hace propias las palabras de la autora, la apoya en este momento e insta a productoras y emisoras , una vez más, a respetar el trabajo de los autores, que no es otra cosa que cumplir con las leyes vigentes.”

Opina Sergio Vainman, Presidente del Consejo de Televisión: “No hay autores de primera y autores de categoría inferior”

“El autor conserva sobre la obra el derecho a exigir la fidelidad de su texto (art 52/ ley  11723)”

“Durante el desarrollo de una entrevista a la autora televisiva Claudia Bono, después de pretender establecer una tajante diferencia entre autores y colaboradores autorales, se dijo en relación a esta diferencia: “... definiendo en función de la calificación que da  la propia producción...” refiriéndose a la manera en que la producción ordena y emite la gráfica con los créditos del programa, como si existieran autores de primera y autores de categoría inferior.

Es bueno recordar, más allá de calificaciones que surgen de fuentes no autorizadas, que la ley 11723, que rige la propiedad intelectual y los derechos autorales en nuestro país desde el 28 de octubre de 1933, en su artículo 16 dice textualmente: “salvo convenios especiales, los colaboradores de una obra disfrutan derechos iguales”. No existe, pues, categoría alguna entre autores en colaboración. No hay primeras, segundas ni cuartas. Hay autores que trabajan en colaboración en una obra de carácter indivisible.

Por lo tanto, para la ley - y por ende para Argentores, la sociedad de gestión de derechos que administra estas obras audiovisuales - todos aquellos que participan de la tarea autoral son considerados autores, independientemente de cuál sea el aporte en términos cuali o cuantitativos, el lugar donde figuren en los créditos del programa, la calificación que se haga de ellos o qué opine la producción al respecto. No existe producción ni productora audiovisual en la Argentina – afortunadamente – que esté por encima de la ley.

De tal manera, es conveniente también recordar que las consideraciones que la señora Bono, ejerciendo su legítimo derecho moral, haga acerca del uso de su obra y sobre todo de su tergiversación, su alteración no autorizada y la modificación arbitraria que hagan de ella, son plenamente válidas.

La señora Bono goza de los mismos derechos que todos los demás autores de “Educando a Nina” y, tal cual reza el artículo 52 de la mencionada ley: “el autor... conserva sobre la obra el derecho a exigir la fidelidad de su texto”.

No podemos pretender que todas las personas conozcan las leyes en profundidad porque no es su ocupación específica, pero tratándose de una entrevista donde lo que está en discusión es el derecho que asiste a una persona a reclamar aquello para lo cual está autorizada por la ley, sería deseable que antes de emitir opiniones taxativas sobre cuestiones tan delicadas, se buscara al menos la información básica que permita no cometer errores que confunden al público y terminan siendo funcionales a los que atacan a los derechos autorales.”

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